Un proyecto del Cuervo Larroque terminaría con el trabajo esclavo en los call centers de Alperovich
Hace unos años, la Argentina sobresalía por ser base de una industria que creaba puestos de trabajo de manera vertiginosa. Con un tipo de cambio favorable, mano de obra calificada y un mercado de servicios tercerizados en expansión, los call centers proliferaban.
Luego, la situación económica cambió y ahora no sólo cae a diario el número de empleados sino que la actividad está a punto de ser regulada.
Sucede que los trabajadores tienen poco descanso y el tiempo disponible -para almorzar o ir al baño- es muy escaso. Por ese motivo, abundan las demandas por estrés o mobbing.
En este contexto, las comisiones de Legislación del Trabajo y de Comunicaciones e Informática de Diputados escucharán a las empresas de call center, que cuestionan el proyecto del legislador camporista Andrés “Cuervo” Larroque por el cual se crea el estatuto para los teleoperadores.
El gobernador tucumano José Alperovich, quien tiene varias empresas de call center en la provincia, hizo arduas gestiones para congelar esta iniciativa.
Dicha iniciativa es similar a la que obtuvo media sanción en el Senado y que fuera impulsada por el radical Mario Negri, pero que había perdido estado parlamentario. Según los empresarios vinculados con esta rama de actividad, a su entender, existen varios puntos de la iniciativa que generan “confusiones”.
“No estamos en contra de una regulación. Lo que pretendemos son reglas claras para que no haya lugar a distintas interpretaciones”, advirtió a iProfesional Mario Micceli, director ejecutivo de la Cámara de Centros de Call Centers.
Puntos importantes
El proyecto busca regir las relaciones laborales que se entablen en el sector privado entre los teleoperadores y sus empleadores, por el trabajo que se preste en los centros de atención de llamadas.
El texto propuesto indica que la jornada diaria no podrá exceder las seis horas y la nocturna no podrá ser mayor de cinco horas y media; además indica que los trabajadores deberán gozar de, al menos, dos fines de semana por mes y que durante el trabajo se otorgará un descanso de quince minutos cada dos horas efectivamente laboradas.
También señala que los dependientes contarán con licencia de dos días por examen, con un máximo de veinte por año calendario; una remuneración fija que no podrá en ningún caso ser menor al salario mínimo vital y móvil o al salario básico establecido por convenio colectivo, si éste fuera superior, y que los establecimientos en los cuales se desarrolle la actividad del teleoperador deberán respetar condiciones de seguridad ambientales. Asimismo, deberán proveerle al empleado los elementos necesarios a los efectos de que puedan desarrollar su tarea en condiciones seguras.
Además, se incluyó una reforma al texto original para que las compañías nacionales tengan que brindar atención con operadores que residan en el país.
Por ese motivo, se agregó al proyecto el siguiente artículo: “Las empresas ubicadas en la Argentina deberán prestar los servicios exclusivamente con teleoperadores que se encuentren dentro del territorio de la República Argentina, aun cuando los mismos recepten o emitan contactos desde o hacia el exterior del país”.
La iniciativa excluye a los trabajadores estatales y establece que los establecimientos en los cuales se desarrolle la actividad del teleoperador deberán respetar condiciones de seguridad ambientales, como así también proveer al empleado los elementos necesarios a los efectos de que éstos puedan desarrollar su tarea en condiciones seguras y salubres.
El Ministerio de Trabajo designará al organismo de contralor, el que deberá establecer los parámetros mínimos de higiene y seguridad ambiental.
De sancionarse la iniciativa, el empleador deberá comunicar al teleoperador el tiempo máximo de duración de llamadas al inicio de la relación laboral. Dicho tope podrá ser modificado posteriormente, en función de la tarea asignada, la antigüedad y la experiencia del dependiente, aunque ese cambio deberá ser previamente notificado al dependiente, garantizándose la efectiva participación de la asociación profesional de trabajadores de la actividad.
En caso de que se decida supervisar o controlar el trabajo mediante escuchas, esta medida deberá ser comunicada previamente al empleado y tendrá únicamente fines correctivos, no pudiendo en ningún caso aplicarse reducciones salariales.
La iniciativa indica, con respecto a los exámenes médicos, que el dependiente deberá someterse a:
a) El examen preocupacional, tomando en cuenta las exigencias del puesto, el que deberá incluir como mínimo, la realización de estudios visuales y auditivos.
b) Exámenes médicos anuales, que consistirán en un análisis clínico completo, audiometría, examen de la vista, neuropsiquiátrico y psicológico, electroencefalograma, análisis de orina, radiografía de tórax y columna, sin perjuicio de otros que el organismo de contralor determine.
Será obligatorio para el empleador entregar al trabajador copia de los mismos sin requerimiento previo. Dicha información constituirá el legajo médico del empleado.
Proyecto controvertido
En particular, el sector manifestó preocupación por el artículo que establece que “la jornada de trabajo diaria no podrá exceder las 6 horas”. Los empresarios sostienen que se incrementarían considerablemente los costos laborales.
En este punto, Pablo Mastromarino, socio del estudio Tanoira & Cassagne, consideró que “no se trata aquí de cuestionar la extensión de la jornada de trabajo, pero sería conveniente que la reforma contemple expresamente el pago de un salario proporcional a la carga horaria fijada por la ley”.
“A su vez, se establece un esquema de sobrecargos, penalidades y francos compensatorios que no contemplan las necesidades propias que impone la operación de call y contact centers a los que va dirigida esta regulación, que terminará de privar de competitividad al sector”, agregó Héctor Alejandro García, socio del estudio García, Pérez Boiani & Asociados.
La iniciativa también propone un aumento en los pagos adicionales que deben percibir quienes trabajen los días feriados o fines de semana, desde las 13 del sábado hasta las cero horas del lunes.
Dicho incremento puede provocar que los empresarios trasladen los costos al cliente o que, según palabras de Micceli, decidan no brindar atención telefónica durante los días no laborales o los fines de semana.
Asimismo, se mostró preocupado porque “en otras partes del mundo esta industria tiene beneficios. Es una potente generadora de empleos y los gobiernos tratan de ayudar, brindándoles políticas de estímulo que nosotros aún no tenemos”.
En cambio, los sindicatos defendieron la propuesta. Alejandro Tagliacoso, de la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina (FOETRA), dijo que se trata de “una actividad volátil”.
“Me llama la atención que digan que no hay efectos sobre la salud. Se dan 6 horas porque es imposible trabajar más”, sostuvo en el momento en que fue convocado al Congreso para debatir la propuesta.
Y concluyó: “Hay un mecanismo de fraude en el proceso de tercerización, están en un convenio que no es su actividad principal”.