Recibir amenazas de un cliente puede ser considerado accidente laboral
Un fallo Judicial podría sentar un significativo precedente en la actividad de las estaciones de servicio. Se trata de una sentencia que declaró que la baja médica de más de un año de un trabajador, debía considerarse accidente laboral. Si bien fue en España, bien podría aplicarse en la Argentina.
El tribunal declaró probado que el demandante recibió amenazas y fue agredido, cuando se encontraba en su puesto de trabajo, por parte de un individuo, al negarse a facilitarle nafta gratis y que ya había intentado lo mismo mes y medio antes.
En su apelación, la demandada alegó que solo habían existido amenazas, y que las agresiones no estaban probadas, por lo que lo ocurrido no debía ser valorado como accidente de trabajo.
La Sala, al rechazar el recurso, comentó que “de la prueba practicada se desprende que se está ante un accidente laboral porque el operario se vio acosado y amenazado en su puesto de trabajo, lo que le produjo ansiedad, pues, en varias ocasiones, un cliente que quería que le sirviera combustible de forma gratuita, a lo que se negó, le amenazó, a tenor de las dos denuncias presentadas ante la Policía“.
La sentencia concluyó que no es preciso que se hubiera producido una agresión física, ya que basta con la existencia de las amenazas.
La agresividad en la playa, una conducta que se expande
La ira de los automovilistas es muy frecuente en las estaciones de GNC de parte de conductores que no tienen en regla las obleas. La situación fue plasmada en una denuncia realizada oportunamente por el Sindicato de Estaciones de Servicio de Santiago del Estero por las amenazas recibidas de quienes se ven impedidos de cargar
“Estamos expuestos a los malos tratos de algunos conductores que vienen con la oblea vencida, o sin ella, y cuando les decimos que no podemos cargarles, se enojan y nos agreden”, señalan.
Fuente: www.surtidores.com.ar