En Un Fallo Inédito En Entre Ríos Limitan La Aplicación De Agrotóxicos Cerca De Las Escuelas
Las fumigaciones aéreas deberán hacerse a no menos de 3.000 metros de los colegios; las terrestres, a no menos de mil. El Estado provincial ya apeló.
La Justicia entrerriana ordenó el cese de “fumigaciones terrestres con agrotóxicos en un radio de mil metros alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia.
En octubre del año pasado informamos sobre el fallo de un tribunal de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, que condenó a un año y seis meses de prisión en suspenso por “lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa” al presidente de una empresa fumigadora, al dueño de un campo que pidió el servicio y al piloto del avión que hizo el trabajo cerca de una escuela en la localidad de Colonia Santa Anita. Un año después, la noticia es que un fallo que hizo lugar a un amparo ambientalista prohibió las fumigaciones aéreas en un radio de hasta 3 mil metros de las escuelas y las aplicaciones terrestres hasta mil metros. Por supuesto, la polémica está servida y la Gobernación ya apeló esa sentencia.
El lunes 1 de octubre la Cámara Civil II de Entre Ríos, Sala Segunda, a cargo del juez Oscar Daniel Benedetto, hizo lugar parcialmente a un amparo ambiental promovido por Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y el Foro Ecologista para impedir las fumigaciones sobre los establecimientos educativos en áreas suburbanas de la provincia mesopotámica.
En un fallo sin precedentes, la Justicia entrerriana ordenó el cese de “fumigaciones terrestres con agrotóxicos en un radio de mil metros alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia”, y también se expidió sobre “la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros alrededor de dichos establecimientos educativos”.
La presentación había ingresado el 22 de agosto y en la demanda se pedía que se exhorte a la provincia de Entre Ríos a que en un plazo razonable se fi je “una franja de mil metros alrededor de escuelas rurales, libre de uso de agrotóxicos. Y una zona de resguardo consistente en una barrera vegetal cuyo objetivo sería impedir y/o disminuir el egreso descontrolado de agroquímicos hacia los centros educativos”.
Medidas urgentes La Agmer y la entidad ambientalista en su momento alegaron urgentes medidas a fin de proteger a los alumnos que van escuelas rurales y se ven expuestos a los venenos usados en la actividad agrícola. También requirieron un “sistema de vigilancia epidemiológica” y “estudios y análisis de sangre, orina y genéticos de los menores que sus padres consideren oportuno”.
Benedetto admitió la prohibición de fumigar en un radio entre 1.000 y 3.000 metros alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia de Entre Ríos y exhortó “al Estado provincial para que, a través de sus reparticiones, efectúe en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo, los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso racional de químicos y agroquímicos”.
Además condenó “al Estado Provincial y al Consejo General de Educación a que en el plazo de dos años contados desde la presente a que procedan a implantar barreras vegetales a una distancia de 150 metros de todas las escuelas rurales”, y a “suspender de inmediato las aplicaciones de productos fitosanitarios en las áreas sembradas lindantes a las escuelas rurales, en horario de clases, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones”.
El magistrado sostuvo que la demanda ante las amenazas al medio ambiente y a la salud de los alumnos y docentes rurales por las fumigaciones está en una situación de ausencia de acciones estatales para prevenirlas y consideró que no ha habido medidas idóneas de prevención, por lo que surge la necesidad de prevenir daños futuros.
“Nos complica”
El fallo, celebrado por las asociaciones ambientalistas y por el exgobernador y presidente de la Cámara de Diputados provincial Sergio Urribarri (ver recuadro), de inmediato fue apelado por el Ejecutivo de Gustavo Bordet. La Gobernación realizó una presentación, encabezada por el secretario de la Producción, Álvaro Gabás, contra la decisión del tribunal. “Como está planteada la sentencia nos genera más problemas que soluciones”, afirmó el fiscal de Estado provincial, Julio Rodríguez Signes.
“La sentencia nosotros la apelamos y es lo normal que hacemos con los fallos, porque no podemos dejar firme una sentencia de primera instancia”, explicó Rodríguez Signes. “La apelación es un escrito en el cual solamente se manifiesta que se aprueba”, relativizó sobre la posición oficial respecto al fallo de Benedetto. “No es que estemos en desacuerdo con el tema de la protección al ambiente, pero la cuestión es que aplicada la sentencia, del modo que está redactada, hay una cantidad de complicaciones que tendríamos”, explicó.
“Quiero dejar a salvo que nadie está en desacuerdo con establecer todas las protecciones posibles”, insistió el fiscal, pero aclaró “Como está planteada la sentencia nos genera más problemas que soluciones”.
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