La Corte Suprema decidió que los jueces laborales no pueden fijar “arbitrariamente” las indemnizaciones

Los jueces laborales no pueden aumentar a su arbitrio el importe de la indemnización por accidente de trabajo fijado por la ley, sostuvo este martes en un fallo dividido la Corte Suprema de Justicia.

Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco y la disidencia del juez Horacio Rosatti, la Corte revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que, según el criterio del Alto Tribunal, había incrementado injustificadamente el importe de la indemnización por accidente laboral.

Según el fallo, Catalina Graciela Marando había demandado a la empresa QBE Argentina ART, la aseguradora de riesgos de trabajo de la firma en la que trabajaba su esposo, quien murió a los 50 años en un accidente laboral.

La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había reconocido que por aplicación de la fórmula prevista en el artículo 15 de la Ley de Riesgos del Trabajo la indemnización ascendía a $435.103,50 (suma a la que debían agregarse los intereses devengados desde abril de 2011, fecha del accidente fatal).

Pero aduciendo que tal importe era insuficiente, el tribunal estimó “justo” elevar la indemnización a 700.000 pesos.

Ahora, la Corte revocó ese fallo: sostuvo que “mediante la sola invocación de principios genéricos vinculados con la equidad de la reparación y aludiendo a ciertas circunstancias relativas al trabajador fallecido, la Cámara había determinado la indemnización apartándose injustificadamente de la ley aplicable”, de acuerdo a lo indicado a través del Centro de Información Judicial (CIJ).

Con esa circunstancia “se dilató innecesariamente” el pleito, pues “obligó a la aseguradora a interponer un recurso” para que la Corte dejara sin efecto lo decidido y ordenara el dictado de una nueva sentencia que se ajuste a la ley.

Por su parte, Rosatti afirmó que el recurso de la firma era “inadmisible”.

Según se resaltó, la ley establece que “las indemnizaciones son tarifadas, es decir, que siempre deben determinarse empleando una fórmula matemática que toma en cuenta la edad que tenía el trabajador al momento del accidente y el salario que ganaba”.

Esto permite que la Ley de Riesgos del Trabajo “otorgue una amplia protección a los trabajadores (amparándolos incluso en los casos de accidentes laborales provocados por su propia culpa y también cuando sufren accidentes en el trayecto entre su casa y el lugar de labor)”, y que las reparaciones previstas “puedan ser “adecuadamente cubiertas” por las compañías aseguradoras que contratan las empresas “sin que ello implique un costo laboral excesivo”, se indicó.

Fuente: www.iprofesional.com

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